Iñaki Alonso
Arquitecto y vecino de Entrepatios Las Carolinas, primer cohousing ecosocial de Madrid
Cada vez hablamos más de viviendas colaborativas en sus diferentes versiones: cohousing, coliving, flex living, covivienda -o de cohabitatge en Cataluña- y de diferentes conceptos que van apareciendo para definir algo que parece totalmente nuevo. Sin embargo, lo realmente nuevo son los significantes; el significado ha existido toda la vida: siempre han existido espacios para la colaboración donde se ha desarrollado la condición empática y social del ser humano.
Con la excesiva individualización de nuestra sociedad hemos perdido cierta capacidad de construir conexiones sólidas, es decir, relaciones de cuidados, de apoyo mutuo, y nos hemos ido al extremo opuesto, a tener absoluta animadversión a la comunidad y a llegar incluso a temer el momento de acudir a una reunión de vecinos. Las cooperativas de viviendas se han convertido en un instrumento jurídico y fiscal para la construcción de un edificio de viviendas, pero una vez terminado se disuelven, se realiza la división horizontal y el espíritu cooperativo se difumina. Cada uno a su trinchera de lo individual y a la eterna batalla de las comunidades de vecinos.
Desde Distrito Natural queremos hacer el ejercicio de definir los diferentes significados de estos significantes tan utilizados hoy en día y compartir nuestra visión con el objetivo de consensuar criterios.
¿Qué son las viviendas colaborativas?
Las viviendas colaborativas son viviendas donde se producen relaciones de colaboración entre los habitantes del edificio o conjunto de edificios. La construcción de estás relaciones se produce porque, por un lado, el edificio dispone de espacios comunitarios donde se dan estas relaciones y, por el otro, porque también hay personas proclives y predispuestas a construir colaboración, y en el caso de proyectos de larga estancia y propiedad colectiva, incorporar lógicas de cuidados y apoyo mutuo.
Las viviendas tradicionales, o por lo menos las que hemos desarrollado en las últimas décadas, buscan solucionar un problema de habitabilidad y garantizar la vivienda como espacio privado, donde lo común prácticamente no existe o se restringe a los espacios de comunicación. En este tipo de vivienda se ha procurado evitar o limitar todo aquello que tenga que ver con la construcción de relaciones entre las personas -o por lo menos no se ha fomentado-. La condición social y empática del ser humano se ha encargado de salvar las barreras arquitectónicas que muchas veces se han puesto para ello, pero en la mayoría de los casos la arquitectura ha sido el elemento físico determinante para la falta de cohesión de las comunidades de vecinos.
¿Cómo las diferenciamos?
Un aspecto importante es definir los diferentes tipos de espacios de las viviendas colaborativas: los privados, comunes y comunitarios. Estos últimos son la aportación diferencial. Se pueden definir como aquellos espacios que trasladan alguna función doméstica desde lo privado a lo común. Hablo de funciones básicas como lavandería, comedor, cocina, cuarto de niños, cuarto de estar, televisión, etc. O bien espacios de trabajo puestos en común, lo que hoy se llama coworking. O incluso cuartos de invitados. Estos espacios generan comunidad y construyen relaciones entre las personas. Los espacios comunitarios pueden ir desde el 10% en casos más intergeneracionales o hasta el 50% en casos como el senior cohousing.
¿Qué tipos de viviendas colaborativas definimos?
A continuación os damos una definición bastante particular de cada uno de estos espacios partiendo de nuestra experiencia y recorrido en el estudio y desarrollo en este tipo de proyectos.
- Cohousing: proyectos de vivienda colaborativa en propiedad colectiva con derecho de uso, normalmente una cooperativa que no hace división horizontal y lleva la función cooperativa y colaborativa a la fase operativa y de uso del edificio. Puede ser una cooperativa de servicios o una cooperativa de vivienda. El cohousing normalmente nace de una comunidad, un grupo motor que se junta para vivir juntos y compartir una filosofía de vida. Tiene un carácter político muy importante ya que saca la vivienda de la espiral especulativa. Ninguno de los inquilinos puede vender su vivienda, si alguien se va del proyecto recibe su aportación inicial y/o capital social y entra otra persona seleccionada por la cooperativa. El cohousing proviene del modelo Andel de Dinamarca y otras experiencias internacionales y se está extendiendo con fuerza por España, sobre todo en Cataluña. En Distrito Natural tenemos una metodología propia de acompañamiento a estos grupos para intentar llegar a buen puerto cometiendo los menores errores. Como sAtt desarrollamos el proyecto de Entrepatios Las Carolinas, el primer cohousing en derecho de uso de Madrid, y actualmente estamos con varios grupos.
- Covivienda: proyecto de vivienda colaborativa en propiedad individual, normalmente cooperativa, o sociedad limitada que al final de la obra realiza división horizontal. Mantiene una relación con el espacio privado, común/comunitario y público que lo define como vivienda colaborativa desde el punto de vista de la configuración física de la arquitectura. Dos aspectos fundamentales para que se configure de manera efectiva la comunidad son, por un lado, la activación de la cohesión del grupo como colectivo y, por otro, la generación de dinámicas sociales internas que construyan una cultura de comunidad activa y resiliente de vecinos. Este no es un concepto tan extendido como el de cohousing. Se trata de una terminología más interna que usamos para definir proyectos como Pirita o Tomás Bretón.
- Coliving: es un concepto de alojamiento colaborativo que se distingue por estar gestionado por una entidad institucional u organización, como un fondo de inversión o una administración pública, y se ofrece en régimen de alquiler temporal, generalmente de duración media, que va desde los 4 hasta los 12 meses. No deja de ser el piso compartido de toda la vida, pero profesionalizado y gestionado. Este modelo promueve la vida colaborativa, manteniendo un equilibrio entre la privacidad de los espacios individuales, a menudo denominados clusters, que suelen incluir una habitación con baño y un pequeño escritorio, y una serie de servicios y áreas comunes. Estas últimas pueden incluir salones, cocinas y otros elementos domésticos. Además, está bastante extendido en el mercado el término Flex Living, que alude a la flexibilidad en los términos de alquiler en este tipo de viviendas, a veces con mayor carácter colaborativo y otras con menos o ninguno.
¿Para quién está hecha la vivienda colaborativa?
Existen viviendas colaborativas para jóvenes, para séniors e intergeneracionales:
La vivienda colaborativa se presenta como una solución flexible y adaptativa que busca atender las necesidades de distintos grupos sociales. En nuestra experiencia, hemos desarrollado proyectos que ofrecen este tipo de vivienda a jóvenes y estudiantes, así como a grupos sénior, a través de modelos como ‘sénior living’ o ‘sénior cohousing’.
Además, hemos creado espacios intergeneracionales que buscan integrar a todos los estratos de la sociedad, fomentando la convivencia y el apoyo mutuo. Un ejemplo destacado de nuestro trabajo es el proyecto ‘Entre_generaciones’ en Distrito Natural, que promueve la interacción entre jóvenes, afectados por la problemática del alquiler, y adultos mayores, quienes a menudo enfrentan el desafío de la soledad.
Estos proyectos no solo proporcionan un techo, sino que también construyen comunidades cohesionadas y fortalecen lazos sociales.
Software y hardware de la vivienda colaborativa
La creación de un proyecto de vida colaborativo no solo depende de diseñar espacios físicos adecuados (hardware), sino también de activar relaciones y dinámicas sociales (software) que fomenten una colaboración efectiva y positiva. Es este último aspecto el más crucial para el éxito de una comunidad colaborativa.
Para que un proyecto de vida colaborativo sea exitoso es imprescindible contar con una arquitectura que diseñe espacios propicios para la interacción y promueva activamente la colaboración entre sus miembros. A esto lo denominamos el «hardware» del proyecto, que comprende la parte física del edificio.
La arquitectura es esencial para facilitar las relaciones humanas y las hace posibles, pero no garantiza el funcionamiento correcto de la comunidad. Hay otro componente crítico: el «software». Este se refiere a la tecnología social, a las dinámicas que se deben integrar en la comunidad para favorecer el entendimiento y la gestión de lo común.
Este aspecto es probablemente el más importante en una vivienda colaborativa, ya que sin un «software» adecuado, es fácil fracasar en la creación de una comunidad unida y activa. Este «software» incluye el conocimiento sobre cómo llevar a cabo reuniones efectivas, construir dinámicas de resolución de conflictos y desarrollar un propósito común. Todo ello es fundamental para asegurar que la vida en la comunidad sea lo más enriquecedora y positiva posible.
¿Dónde? Viviendas colaborativas en España
En toda España, los proyectos de vivienda colaborativa están ganando terreno, iniciándose principalmente en el sector sénior, destacan los proyectos pioneros como la cooperativa de Los Milagros en Málaga hace 20 años o el proyecto de Trabensol en Torremocha del Jarama, Madrid, que ahora cumple 10 años. Posteriormente, el enfoque se ha desplazado hacia las ciudades, especialmente en Barcelona, donde la expansión ha sido notable gracias a entidades como Sostre Cívic.
Actualmente, estas viviendas colaborativas se encuentran disponibles en diversas modalidades, tanto en entornos rurales como urbanos. Un ejemplo de ello es el proyecto ecológico rural que estamos llevando a cabo, vibio.land, el cual representa un nuevo hito en el desarrollo de viviendas colaborativas en España y que alberga las versiones de covivienda (propiedad individual) y cohousing (propiedad colectiva) dentro de la misma comunidad.
Legislación en España
Estos modelos se han ido incorporando en las diferentes legislaciones. Primero fue Cataluña, con una regulación de la Generalitat en 2020 y las políticas del Ayuntamiento de Barcelona para la covivienda, y se ha ido extendiendo a otras comunidades, con la primera ley de viviendas colaborativas de la comunidad Valenciana que contempla de forma específica de cohousing, o incluso al Plan Estatal de acceso a la Vivienda 2022/25, que en su capítulo IX contempla un Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares.